México, D.F 14 de febrero de 2008
Versión estenográfica de la entrevista ofrecida por Gerardo Fernández Noroña
frente a las instalaciones de la Secretaría de Gobernación
GERARDO FERNÁNDEZ: Voy entregar un documento a oficialía de partes para Juan Camilo Mouriño Terrazo. Mientras me atienden, algunos medios me han dicho que no tengo la prueba de que la madre de Mouriño no es española. Bueno, hoy tendrán que reconocer que se han equivocado.
Quiero primero demostrar que Juan Camilo Mouriño es español. Esto es muy claro, dice la Constitución española que en su articulo 11 que la nacionalidad española se adquiere y se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido en la ley, y dice en el numeral 2 que ningún español de origen -ellos denominan español de origen a lo que nosotros llamamos mexicano por nacimiento- podrá ser privado de su nacionalidad. ¿Qué quiere decir? Que quien es ciudadano español el Estado español no puede retirarle su ciudadanía.
El Código Civil Español establece en su artículo 17 quiénes son españoles de origen. Son españoles de origen: inciso a) nacidos de madre o de padre españoles. Condición cumplida a cabalidad por Mouriño, que es hijo de padre español. Concediendo que la madre fuera mexicana, que tampoco lo es, y ahora demostraré que no es mexicana o por lo menos que tendría la nacionalidad española por delante; b) los nacidos en España -que es el caso de Mouriño- de padres extranjeros y al menos uno de ellos hubiera nacido en España.
También sería el caso si ahora nos dicen que el padre de Juan Camilo Mouriño se nacionalizo mexicano, el nació en Vigo está reconocido el padre Carlos Mouriño Atanés y por lo tanto Juan Carlos Mouriño es español. Además de esto por sí hubiese alguna duda, el día 20 de abril de 1994 Juan Camilo Mouriño pidió un pasaporte español que es el pasaporte 8800581. Voy a leer el gran decreto 8896/2003 del 11 de julio que dice; el pasaporte, refiriéndose al pasaporte español es el documento que habilita al ciudadano español. Repito el pasaporte es el que habilita al ciudadano español para salir y entrar del territorio español, los españoles tienen derecho a tenerlo sin posibles limitaciones por motivos políticos e ideológicos.
Por lo tanto para los residentes en el extranjero que no están obligados DNI que es el documento nacional de identidad, el pasaporte no solo es un documento de viaje sino también de identificación y acreditativo de su condición de residente en el extranjero, en el se estampa la su diligencia de su residencia en la suscripción consular que le corresponda. Dice el articulo 1 de su decreto la naturaleza del pasaporte ordinario en funciones, el pasaporte ordinario español, es un documento público personal, individual , intransferible lo continua.
Y me voy a la sustancia que acredita que fuera de España la identidad, la nacionalidad de los ciudadanos españoles. Está claro que el pasaporte español acredita a Juan Camilo Mouriño como español, además de que la constitución y el código civil español, establecen de manera muy clara que Juan Camilo Mouriño es español.
Por si esto no fuera suficiente, en el caso de la ley mexicana la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en su articulo 91 establece que para ser Secretario de Gobernación, secretario de despacho se requiere ser mexicano de nacimiento. Dice el articulo 32 de la constitución nuestra; el ejercicio de los cargos y funciones para los cuales por disposición de la presente constitución se requiera ser mexicano de nacimiento, se reserva a quienes tenga esa calidad y no adquieran otra nacionalidad. Esta reserva también será aplicable a los casos que así lo señalen otras leyes del Congreso de la Unión.
Que pasa si efectivamente Juan Camilo Mouriño que es español, también aceptando sin conceder tuviera la nacionalidad mexicana , en el supuesto que la madre fuera mexicana, que pasa en ese caso porque el no decidió esas nacionalidades sino le vinieron por sus padres y por la constitución española y por la constitución mexicana. Bueno, nuestra ley lo prevé, la ley de nacionalidad prevé en su articulo 16 que los mexicanos por nacimiento a los que otros estados consideren como sus nacionales, que es el caso si la madre fuera mexicana. Deberán presentar el certificado de nacionalidad mexicana cuando pretendan acceder algún caro o función para que el se requiera ser mexicano por nacimiento y que no adquieran otra nacionalidad.
Juan Camilo Mouriño dice haber adquirido certificado nacional a los 18 años, pero a los 23 pedía un pasaporte español. Entonces que pasa en ese caso, dice el articulo 17; que para presentar el certificado de nacionalidad deben renunciar expresamente la otra nacionalidad, Juan Camilo debe de haber renunciado a la nacionalidad española para poder acceder al certificado de nacionalidad y poder acceder al cargo de Secretario de Gobernación. Pero no solo lo dice la ley mexicana, dice el código civil español en su artículo 24, numeral dos, en todo caso, les recuerdo que la constitución dice que el Estado español no puede retirarle la nacionalidad a un ciudadano español.
Entonces dice el artículo 24, numeral dos ; en todo caso pierden la nacionalidad española los españoles emancipados quiere decir mayores de edad o que se casaron antes de los 18 años que renuncien expresamente a ellas, si tienen otra nacionalidad y residen habitualmente en el extranjero. Que quiere decir esto, si fuese el caso de Juan Camilo Mouriño podría ser que tuviera otra nacionalidad, que tuviera la nacionalidad mexicana, que residiera en. extranjero fuera su caso tendría que haber metido expresamente el documento al gobierno español de que renuncia a la ciudadanía española y debía haberlo hecho publico antes de acceder al cargo de Secretario de Gobernación.
Entonces Juan Camilo está violando la constitución desde el mismo momento de su toma de protesta porque es ciudadano español, en el mejor casos para él estaría teniendo la doble nacionalidad y por lo tanto estaría violentando el estado de derecho. Pero también hay debates, solo con esto Juan Camilo Mouriño debería de renunciar porque no ha cumplido los requisitos constitucionales que establece la ley y los procedimientos jurídicos que establece la ley para quien esta en un caso como el que él tiene.
Entonces tengo un oficio que les voy a leer, que les voy a entregar cuando me dejen pasar a oficialía de partes dirigido a Juan Camilo Mouriño Terrazo Secretario de Gobernación del gobierno usurpador, presente.
"Con fundamento con el artículo octavo constitucional de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, te solicito de manera formal tu renuncia al cargo de Secretario de Gobernación del gobierno espurio que legalmente ostenta. Anexo a este documento, te entrego el análisis jurídico que acredita que eres español de origen y que en el mejor de los casos, si tuvieras doble nacionalidad, igual estas violando la constitución de la toma de protesta como secretario del ramo.
Sin embargo como has mantenido una postura de cinismo, asumiendo que tu calidad de ciudadano de ciudadano español no es obstáculo para ser secretario de gobernación, escudándote de la supuesta nacionalidad mexicana de tú madre.
Te digo, a través de este documento y esta es la prueba que hoy estoy presentando, que tu padre Carlos Mouriño Atanés, tú madre María de los Ángeles Terrazo Blanco, y tú hermana María de los Ángeles Mouriño Terrazo están censados como ciudadanos españoles para votar en las elecciones del próximo 9 de marzo del 2008, en España. La mesa de votación que les corresponde es la 323/B de acuerdo con el domicilio en que están registrados, que es Plaza de América # 1 en Vigo Galicia, España.
El censo estuvo exhibido hasta el 28 de enero de manera pública y ahí consta en los datos que hago referencia y que acreditan la nacionalidad española de tú padre, madre y hermana de nacionalidad española que tú mismo tienes."
Quiero por último señalar que para estar inscrito en el censo, le llaman ellos al padrón, lo que para nosotros sería el padrón de electores, para estar inscrito en el censo se requiere ser español, tener la nacionalidad española y haber sacado el documento nacional de identidad que sacaron los abuelos de Mouriño en 1976 y eso a los medios se les ha olvidado comentarlo, después de que sacaron las actas de naturalización de los 40´s, pero en los 70´s los abuelos paternos seguían asumiendo su nacionalidad española.
Y dice aquí, es solo, hago un extracto del documento nacional de identidad, están obligados a obtenerlos todos los españoles mayores de 14 años, residentes en España y los de igual edad que residiendo en el extranjero se trasladen por tiempo no inferior a seis meses en España, según en el Real Decreto 1553/2005 del 23 de diciembre, en el Artículo 2 dice dicho documento, tiene valor por sí solo, para acreditar la identidad y los datos personales de su titular, que en el se consignan, muy importante, así como la nacionalidad española del mismo.
Dicho de otra manera, tanto el padre, como la madre, como la hermana de Juan Camilo Mouriño Terrazo, tienen su documento nacional de identidad español, está en el censo para votar en las elecciones del próximo 9 de marzo, en el domicilio que les he dicho, les voy a dar copia del documento que voy a entregar a Juan Camilo Mouriño.
Y me parece que las evidencias son contundentes, para no calificarlo de otra manera, me parece que está claro que Juan Camilo Mouriño mantiene la ciudadanía española, me parece que la madre mantiene la ciudadanía española, el padre nunca la ha negado, su hermana mantiene esa ciudadanía española y que, no habría ningún problema en que tuviera esa ciudadanía española, si él hubiese hecho los procedimientos legales establecidos, tanto en la Constitución española y en el Código Civil Español, como en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano y en la ley de nacionalidad de nuestro país.
Me parece, reitero que el tema queda absolutamente claro que es un asunto jurídico, de apego a la legalidad, tanto española como mexicana, a la cual estaba obligado a cumplir Juan Camilo Mouriño Terrazo y que no realizó, el debate me parece que con esto queda absolutamente claro y superado.
Y de cualquier manera, para quien aún tuviera dudas, pues en el transcurso de los días por venir, seguirán saliendo evidencias de lo que hemos dicho, desde un principio, el origen español de los padres de Mouriño, la propia condición de español de Juan Camilo Mouriño Terrazo, nacido en Madrid hijo de españoles y que, bueno, tiene con esto la obligación, a mi me parece de renunciar.
Porque no vivimos en un régimen parlamentario, no es el Congreso al que le corresponde remover al Secretario de Gobernación, le corresponde o hay solamente dos salidas, una que el propio Calderón retire del cargo a Mouriño, o que el propio pues renuncie antes de que esta avalancha de evidencias, pues se convierta ya en algo que no pueda de ninguna manera ocultarse.
Entonces, esta es la prueba que me han enviado ayer, yo esperaba otra documentación, me ha llegado esta que es igual de contundente, les he leído la legislación española y la validez de esta. Estoy a sus órdenes para cualquier pregunta.
Quiero documentar una cosa que se me había pasado, por hablar de todo el asunto legal, que comuniqué por escrito que vendría solo, que vendría por la calle de Abraham González y que les pedía explícitamente no bloquear todo el entorno de Bucareli, no tiene sentido que por una persona que viene entregar un documento por Oficialía de Partes, bloqueen todas las avenidas circundantes a la dependencia.
Ya el que me atiendan aquí en la calle, francamente me parece un asunto secundario. Quiero de cualquier manera reconocer el derecho de libre manifestación al miedo que el secretario de Gobernación del gobierno de facto tiene y que, por eso ha montado este operativo absurdo, me parece verdaderamente torpe, increíblemente arbitrario, abusivo, pero bueno, será de las últimas medidas que pueda tomar al cargo de esta dependencia, porque me parece que con las evidencias que estoy mostrando, sus días están contados.
POLITICAMENTE HABLANDO.
GERARDO FERNANDEZ NOROÑA: Políticamente hablando, aclaro, para que no luego digan, que quién sabe qué cosa dije.
LO SOLICITASTE LA CITA PARA ENTREGAR EL DOCUMENTO.
GERARDO FERNANDEZ NOROÑA: NO tengo, quién dice que tiene uno que solicitar venir a entregar un documento, es un derecho constitucional, el derecho de petición. Lo que no es legal, es que pongan éste operativo para impedir que yo pueda acceder a la zona de Oficialía de Partes, pero si vienen a recogerlo aquí, tan me da lo mismo. Lo que sí deben venir a recogerlo, no deben, pueden hacer lo que quieran, violan la Constitución, se robaron la presidencia, cierran calles a su libre arbitrio, pueden hacer lo que quieran, pero no deben hacerlo.
Entonces, nadie tiene que anunciar que viene a entregar un documento, pero fue público que anuncie que venía a entregar el documento, entonces, estoy esperando que venga un funcionario a recibirlo.
POLITICAMENTE HABLANDO, TIENE MOURIÑO LOS DIAS CONTADOS.
GERARDO FERNANDEZ NOROÑA: A mi me parece que sí, es ciudadano español, la madre es ciudadana española, el padre es ciudadano español, en el mejor de los casos si él tuviese doble nacionalidad, ya comenté que debió haber hecho, tanto el Código Civil Español, la Constitución Española, como la Constitución Política Mexicana y la Ley de Nacionalidad Mexicana, le obligan a que antes de que hubiera asumido el cargo de secretario de Gobernación, debió haber renunciado expresamente, en los dos países a la nacionalidad española, en los dos países. Porque sí él no renunció expresamente ante el gobierno español, ante su gobierno, sigue siendo ciudadano español, porque…
INAUDIBLE.
GERARDO FERNANDEZ NOROÑA: Pues entonces, viola la Constitución, es un español, que no es ciudadano mexicano por nacimiento, porque la condición que le exige a quien está en el supuesto de Juan Camilo Mouriño Terrazo, la ley lo prevé y él no lo cumplió, entonces, él tiene que renunciar, punto.
TIENE SUS DÍAS CONTANDOS.
GERARDO FERNANDEZ NOROÑA: Pues yo creo que está claro, a mentido, a violado la ley, ha pasado por encima del Estado de Derecho en España y en México y además, quiero, este escándalo es de dimensión, más allá de nuestras fronteras. Para su mala fortuna, los ojos de la opinión pública más allá de México están puestos en el tema.
QUE OPINAS DE LAS BARRERAS QUE HAN PUESTO AQUÍ.
GERARDO FERNANDEZ NOROÑA: Me parece absurdo, yo reitero que avise que venía solo; como he cumplido, le pedí a los compañeros de la resistencia, ayer hubo un encuentro con ellos numeroso, les pedí que no vinieran ni uno solo y ellos han cumplido, no vino ni uno solo. Dije que vendría por Abraham González, no intente pasar por otro lado, como la vez pasada y estuve esperando pacientemente a que un funcionario saliera a recibir el documento, vine por este otro lado, porque estaba abierto y lo cerraron, bueno, entonces, ya vine aquí a la puerta para entregar el documento.
Entonces, es absolutamente abusivo, arbitrario, ilegal, irracional, que no reciban un documento, cualquier ciudadano tiene derecho a presentar un documento y ellos tienen la obligación de recibirlo y contestarlo como quieran.
Y ESTAS VALLAS QUE TE ESTAN PONIENDO TE ESTAS VOLVIENDO ESPECIALISTA EN BRINCARLAS.
GERARDO FERNANDEZ NOROÑA: NO, a mi me parece simplemente que es una demostración de lo absurdo de sus vallas, ya podrán poner lo que quieran, es la segunda vez que montan un dispositivo absurdo y llego a la puerta. Entonces, yo les pregunto qué sentido tiene que pongan ese dispositivo absurdo, lo único que tienen que hacer es recibir el documento, punto. Yo he dicho que soy muy respetuoso del derecho del libre miedo de los funcionarios, pero me parece absurdo.
Versión estenográfica de la entrevista ofrecida por Gerardo Fernández Noroña
frente a las instalaciones de la Secretaría de Gobernación
GERARDO FERNÁNDEZ: Voy entregar un documento a oficialía de partes para Juan Camilo Mouriño Terrazo. Mientras me atienden, algunos medios me han dicho que no tengo la prueba de que la madre de Mouriño no es española. Bueno, hoy tendrán que reconocer que se han equivocado.
Quiero primero demostrar que Juan Camilo Mouriño es español. Esto es muy claro, dice la Constitución española que en su articulo 11 que la nacionalidad española se adquiere y se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido en la ley, y dice en el numeral 2 que ningún español de origen -ellos denominan español de origen a lo que nosotros llamamos mexicano por nacimiento- podrá ser privado de su nacionalidad. ¿Qué quiere decir? Que quien es ciudadano español el Estado español no puede retirarle su ciudadanía.
El Código Civil Español establece en su artículo 17 quiénes son españoles de origen. Son españoles de origen: inciso a) nacidos de madre o de padre españoles. Condición cumplida a cabalidad por Mouriño, que es hijo de padre español. Concediendo que la madre fuera mexicana, que tampoco lo es, y ahora demostraré que no es mexicana o por lo menos que tendría la nacionalidad española por delante; b) los nacidos en España -que es el caso de Mouriño- de padres extranjeros y al menos uno de ellos hubiera nacido en España.
También sería el caso si ahora nos dicen que el padre de Juan Camilo Mouriño se nacionalizo mexicano, el nació en Vigo está reconocido el padre Carlos Mouriño Atanés y por lo tanto Juan Carlos Mouriño es español. Además de esto por sí hubiese alguna duda, el día 20 de abril de 1994 Juan Camilo Mouriño pidió un pasaporte español que es el pasaporte 8800581. Voy a leer el gran decreto 8896/2003 del 11 de julio que dice; el pasaporte, refiriéndose al pasaporte español es el documento que habilita al ciudadano español. Repito el pasaporte es el que habilita al ciudadano español para salir y entrar del territorio español, los españoles tienen derecho a tenerlo sin posibles limitaciones por motivos políticos e ideológicos.
Por lo tanto para los residentes en el extranjero que no están obligados DNI que es el documento nacional de identidad, el pasaporte no solo es un documento de viaje sino también de identificación y acreditativo de su condición de residente en el extranjero, en el se estampa la su diligencia de su residencia en la suscripción consular que le corresponda. Dice el articulo 1 de su decreto la naturaleza del pasaporte ordinario en funciones, el pasaporte ordinario español, es un documento público personal, individual , intransferible lo continua.
Y me voy a la sustancia que acredita que fuera de España la identidad, la nacionalidad de los ciudadanos españoles. Está claro que el pasaporte español acredita a Juan Camilo Mouriño como español, además de que la constitución y el código civil español, establecen de manera muy clara que Juan Camilo Mouriño es español.
Por si esto no fuera suficiente, en el caso de la ley mexicana la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en su articulo 91 establece que para ser Secretario de Gobernación, secretario de despacho se requiere ser mexicano de nacimiento. Dice el articulo 32 de la constitución nuestra; el ejercicio de los cargos y funciones para los cuales por disposición de la presente constitución se requiera ser mexicano de nacimiento, se reserva a quienes tenga esa calidad y no adquieran otra nacionalidad. Esta reserva también será aplicable a los casos que así lo señalen otras leyes del Congreso de la Unión.
Que pasa si efectivamente Juan Camilo Mouriño que es español, también aceptando sin conceder tuviera la nacionalidad mexicana , en el supuesto que la madre fuera mexicana, que pasa en ese caso porque el no decidió esas nacionalidades sino le vinieron por sus padres y por la constitución española y por la constitución mexicana. Bueno, nuestra ley lo prevé, la ley de nacionalidad prevé en su articulo 16 que los mexicanos por nacimiento a los que otros estados consideren como sus nacionales, que es el caso si la madre fuera mexicana. Deberán presentar el certificado de nacionalidad mexicana cuando pretendan acceder algún caro o función para que el se requiera ser mexicano por nacimiento y que no adquieran otra nacionalidad.
Juan Camilo Mouriño dice haber adquirido certificado nacional a los 18 años, pero a los 23 pedía un pasaporte español. Entonces que pasa en ese caso, dice el articulo 17; que para presentar el certificado de nacionalidad deben renunciar expresamente la otra nacionalidad, Juan Camilo debe de haber renunciado a la nacionalidad española para poder acceder al certificado de nacionalidad y poder acceder al cargo de Secretario de Gobernación. Pero no solo lo dice la ley mexicana, dice el código civil español en su artículo 24, numeral dos, en todo caso, les recuerdo que la constitución dice que el Estado español no puede retirarle la nacionalidad a un ciudadano español.
Entonces dice el artículo 24, numeral dos ; en todo caso pierden la nacionalidad española los españoles emancipados quiere decir mayores de edad o que se casaron antes de los 18 años que renuncien expresamente a ellas, si tienen otra nacionalidad y residen habitualmente en el extranjero. Que quiere decir esto, si fuese el caso de Juan Camilo Mouriño podría ser que tuviera otra nacionalidad, que tuviera la nacionalidad mexicana, que residiera en. extranjero fuera su caso tendría que haber metido expresamente el documento al gobierno español de que renuncia a la ciudadanía española y debía haberlo hecho publico antes de acceder al cargo de Secretario de Gobernación.
Entonces Juan Camilo está violando la constitución desde el mismo momento de su toma de protesta porque es ciudadano español, en el mejor casos para él estaría teniendo la doble nacionalidad y por lo tanto estaría violentando el estado de derecho. Pero también hay debates, solo con esto Juan Camilo Mouriño debería de renunciar porque no ha cumplido los requisitos constitucionales que establece la ley y los procedimientos jurídicos que establece la ley para quien esta en un caso como el que él tiene.
Entonces tengo un oficio que les voy a leer, que les voy a entregar cuando me dejen pasar a oficialía de partes dirigido a Juan Camilo Mouriño Terrazo Secretario de Gobernación del gobierno usurpador, presente.
"Con fundamento con el artículo octavo constitucional de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, te solicito de manera formal tu renuncia al cargo de Secretario de Gobernación del gobierno espurio que legalmente ostenta. Anexo a este documento, te entrego el análisis jurídico que acredita que eres español de origen y que en el mejor de los casos, si tuvieras doble nacionalidad, igual estas violando la constitución de la toma de protesta como secretario del ramo.
Sin embargo como has mantenido una postura de cinismo, asumiendo que tu calidad de ciudadano de ciudadano español no es obstáculo para ser secretario de gobernación, escudándote de la supuesta nacionalidad mexicana de tú madre.
Te digo, a través de este documento y esta es la prueba que hoy estoy presentando, que tu padre Carlos Mouriño Atanés, tú madre María de los Ángeles Terrazo Blanco, y tú hermana María de los Ángeles Mouriño Terrazo están censados como ciudadanos españoles para votar en las elecciones del próximo 9 de marzo del 2008, en España. La mesa de votación que les corresponde es la 323/B de acuerdo con el domicilio en que están registrados, que es Plaza de América # 1 en Vigo Galicia, España.
El censo estuvo exhibido hasta el 28 de enero de manera pública y ahí consta en los datos que hago referencia y que acreditan la nacionalidad española de tú padre, madre y hermana de nacionalidad española que tú mismo tienes."
Quiero por último señalar que para estar inscrito en el censo, le llaman ellos al padrón, lo que para nosotros sería el padrón de electores, para estar inscrito en el censo se requiere ser español, tener la nacionalidad española y haber sacado el documento nacional de identidad que sacaron los abuelos de Mouriño en 1976 y eso a los medios se les ha olvidado comentarlo, después de que sacaron las actas de naturalización de los 40´s, pero en los 70´s los abuelos paternos seguían asumiendo su nacionalidad española.
Y dice aquí, es solo, hago un extracto del documento nacional de identidad, están obligados a obtenerlos todos los españoles mayores de 14 años, residentes en España y los de igual edad que residiendo en el extranjero se trasladen por tiempo no inferior a seis meses en España, según en el Real Decreto 1553/2005 del 23 de diciembre, en el Artículo 2 dice dicho documento, tiene valor por sí solo, para acreditar la identidad y los datos personales de su titular, que en el se consignan, muy importante, así como la nacionalidad española del mismo.
Dicho de otra manera, tanto el padre, como la madre, como la hermana de Juan Camilo Mouriño Terrazo, tienen su documento nacional de identidad español, está en el censo para votar en las elecciones del próximo 9 de marzo, en el domicilio que les he dicho, les voy a dar copia del documento que voy a entregar a Juan Camilo Mouriño.
Y me parece que las evidencias son contundentes, para no calificarlo de otra manera, me parece que está claro que Juan Camilo Mouriño mantiene la ciudadanía española, me parece que la madre mantiene la ciudadanía española, el padre nunca la ha negado, su hermana mantiene esa ciudadanía española y que, no habría ningún problema en que tuviera esa ciudadanía española, si él hubiese hecho los procedimientos legales establecidos, tanto en la Constitución española y en el Código Civil Español, como en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano y en la ley de nacionalidad de nuestro país.
Me parece, reitero que el tema queda absolutamente claro que es un asunto jurídico, de apego a la legalidad, tanto española como mexicana, a la cual estaba obligado a cumplir Juan Camilo Mouriño Terrazo y que no realizó, el debate me parece que con esto queda absolutamente claro y superado.
Y de cualquier manera, para quien aún tuviera dudas, pues en el transcurso de los días por venir, seguirán saliendo evidencias de lo que hemos dicho, desde un principio, el origen español de los padres de Mouriño, la propia condición de español de Juan Camilo Mouriño Terrazo, nacido en Madrid hijo de españoles y que, bueno, tiene con esto la obligación, a mi me parece de renunciar.
Porque no vivimos en un régimen parlamentario, no es el Congreso al que le corresponde remover al Secretario de Gobernación, le corresponde o hay solamente dos salidas, una que el propio Calderón retire del cargo a Mouriño, o que el propio pues renuncie antes de que esta avalancha de evidencias, pues se convierta ya en algo que no pueda de ninguna manera ocultarse.
Entonces, esta es la prueba que me han enviado ayer, yo esperaba otra documentación, me ha llegado esta que es igual de contundente, les he leído la legislación española y la validez de esta. Estoy a sus órdenes para cualquier pregunta.
Quiero documentar una cosa que se me había pasado, por hablar de todo el asunto legal, que comuniqué por escrito que vendría solo, que vendría por la calle de Abraham González y que les pedía explícitamente no bloquear todo el entorno de Bucareli, no tiene sentido que por una persona que viene entregar un documento por Oficialía de Partes, bloqueen todas las avenidas circundantes a la dependencia.
Ya el que me atiendan aquí en la calle, francamente me parece un asunto secundario. Quiero de cualquier manera reconocer el derecho de libre manifestación al miedo que el secretario de Gobernación del gobierno de facto tiene y que, por eso ha montado este operativo absurdo, me parece verdaderamente torpe, increíblemente arbitrario, abusivo, pero bueno, será de las últimas medidas que pueda tomar al cargo de esta dependencia, porque me parece que con las evidencias que estoy mostrando, sus días están contados.
POLITICAMENTE HABLANDO.
GERARDO FERNANDEZ NOROÑA: Políticamente hablando, aclaro, para que no luego digan, que quién sabe qué cosa dije.
LO SOLICITASTE LA CITA PARA ENTREGAR EL DOCUMENTO.
GERARDO FERNANDEZ NOROÑA: NO tengo, quién dice que tiene uno que solicitar venir a entregar un documento, es un derecho constitucional, el derecho de petición. Lo que no es legal, es que pongan éste operativo para impedir que yo pueda acceder a la zona de Oficialía de Partes, pero si vienen a recogerlo aquí, tan me da lo mismo. Lo que sí deben venir a recogerlo, no deben, pueden hacer lo que quieran, violan la Constitución, se robaron la presidencia, cierran calles a su libre arbitrio, pueden hacer lo que quieran, pero no deben hacerlo.
Entonces, nadie tiene que anunciar que viene a entregar un documento, pero fue público que anuncie que venía a entregar el documento, entonces, estoy esperando que venga un funcionario a recibirlo.
POLITICAMENTE HABLANDO, TIENE MOURIÑO LOS DIAS CONTADOS.
GERARDO FERNANDEZ NOROÑA: A mi me parece que sí, es ciudadano español, la madre es ciudadana española, el padre es ciudadano español, en el mejor de los casos si él tuviese doble nacionalidad, ya comenté que debió haber hecho, tanto el Código Civil Español, la Constitución Española, como la Constitución Política Mexicana y la Ley de Nacionalidad Mexicana, le obligan a que antes de que hubiera asumido el cargo de secretario de Gobernación, debió haber renunciado expresamente, en los dos países a la nacionalidad española, en los dos países. Porque sí él no renunció expresamente ante el gobierno español, ante su gobierno, sigue siendo ciudadano español, porque…
INAUDIBLE.
GERARDO FERNANDEZ NOROÑA: Pues entonces, viola la Constitución, es un español, que no es ciudadano mexicano por nacimiento, porque la condición que le exige a quien está en el supuesto de Juan Camilo Mouriño Terrazo, la ley lo prevé y él no lo cumplió, entonces, él tiene que renunciar, punto.
TIENE SUS DÍAS CONTANDOS.
GERARDO FERNANDEZ NOROÑA: Pues yo creo que está claro, a mentido, a violado la ley, ha pasado por encima del Estado de Derecho en España y en México y además, quiero, este escándalo es de dimensión, más allá de nuestras fronteras. Para su mala fortuna, los ojos de la opinión pública más allá de México están puestos en el tema.
QUE OPINAS DE LAS BARRERAS QUE HAN PUESTO AQUÍ.
GERARDO FERNANDEZ NOROÑA: Me parece absurdo, yo reitero que avise que venía solo; como he cumplido, le pedí a los compañeros de la resistencia, ayer hubo un encuentro con ellos numeroso, les pedí que no vinieran ni uno solo y ellos han cumplido, no vino ni uno solo. Dije que vendría por Abraham González, no intente pasar por otro lado, como la vez pasada y estuve esperando pacientemente a que un funcionario saliera a recibir el documento, vine por este otro lado, porque estaba abierto y lo cerraron, bueno, entonces, ya vine aquí a la puerta para entregar el documento.
Entonces, es absolutamente abusivo, arbitrario, ilegal, irracional, que no reciban un documento, cualquier ciudadano tiene derecho a presentar un documento y ellos tienen la obligación de recibirlo y contestarlo como quieran.
Y ESTAS VALLAS QUE TE ESTAN PONIENDO TE ESTAS VOLVIENDO ESPECIALISTA EN BRINCARLAS.
GERARDO FERNANDEZ NOROÑA: NO, a mi me parece simplemente que es una demostración de lo absurdo de sus vallas, ya podrán poner lo que quieran, es la segunda vez que montan un dispositivo absurdo y llego a la puerta. Entonces, yo les pregunto qué sentido tiene que pongan ese dispositivo absurdo, lo único que tienen que hacer es recibir el documento, punto. Yo he dicho que soy muy respetuoso del derecho del libre miedo de los funcionarios, pero me parece absurdo.
1 comentario:
I first visited your blog, but my antispyware said that he is infected with an unknown virus.
I deleted the virus through this AntiSpyWare.
The virus does not manifest itself but gradually destroys information on the computer.
Publicar un comentario